LA FISCALÍA DEL COLEGIO DE TERAPEUTAS INFORMA

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LA FISCALÍA DEL COLEGIO DE TERAPEUTAS INFORMA:

PERSECUCIÓN PENAL DEL EJERCICIO ILEGAL DE LAS PROFESIONES REGULADAS POR EL CTCR

Durante los años 2018 y 2019, la Fiscalía del Colegio de Terapeutas (CTCR) ha

recibido e investigado alrededor de 20 denuncias por ejercicio ilegal de alguna de las profesiones reguladas por el Colegio, número que va en aumento por la facilidad de presentar denuncias anónimas mediante el formulario web. Varios de esos casos ya se han referido al Ministerio Público, autoridad encargada de la persecución penal de esta actividad delictiva, de acuerdo con los artículos 26 y 27 de la Ley del Colegio de Terapeutas (N°8989).

Históricamente, ha existido ambigüedad a lo interno del sistema judicial sobre cuándo existe o no ejercicio ilegal de una profesión (según el artículo 322 del Código Penal), lo que ha dificultado que los procesos penales se lleven a cabo de manera eficiente. Sin embargo, la circular 05-ADM-2019 de la Fiscalía General de la República (FGR), publicada recientemente, insta a que las y los fiscales del país tramiten estas causas de manera uniforme.

Según la circular en cuestión, para cometer el delito de ejercicio ilegal de una profesión basta con realizar cualquier acto que requiera una autorización del CTCR, sea para el ejercicio de alguna de las profesiones (AU, IT, TF, TL, TO, TR) o, incluso, algún área de especialización, método o técnica con requisitos especiales (como la Fisioterapia invasiva o en suelo pélvico, según los reglamentos específicos).

Tomando en consideración que lo que se busca es evitar el riesgo a la salud pública, para considerar que se ha cometido el delito, no es necesario que se haya causado un daño a un paciente en concreto, ni que las acciones que lo constituyen sean continuas o habituales.

La Fiscalía del CTCR confía en que esta nueva política de la FGR permitirá una tramitación más expedita de los casos, lo cual beneficiará la salud de la población y dará mejores condiciones para el adecuado ejercicio profesional de nuestros agremiados.

M.Sc. Michael Matamoros Serrano

Fiscal

Durante los años 2018 y 2019, la Fiscalía del Colegio de Terapeutas (CTCR) ha

recibido e investigado alrededor de 20 denuncias por ejercicio ilegal de alguna de las profesiones reguladas por el Colegio, número que va en aumento por la facilidad de presentar denuncias anónimas mediante el formulario web. Varios de esos casos ya se han referido al Ministerio Público, autoridad encargada de la persecución penal de esta actividad delictiva, de acuerdo con los artículos 26 y 27 de la Ley del Colegio de Terapeutas (N°8989).

Históricamente, ha existido ambigüedad a lo interno del sistema judicial sobre cuándo existe o no ejercicio ilegal de una profesión (según el artículo 322 del Código Penal), lo que ha dificultado que los procesos penales se lleven a cabo de manera eficiente. Sin embargo, la circular 05-ADM-2019 de la Fiscalía General de la República (FGR), publicada recientemente, insta a que las y los fiscales del país tramiten estas causas de manera uniforme.

Según la circular en cuestión, para cometer el delito de ejercicio ilegal de una profesión basta con realizar cualquier acto que requiera una autorización del CTCR, sea para el ejercicio de alguna de las profesiones (AU, IT, TF, TL, TO, TR) o, incluso, algún área de especialización, método o técnica con requisitos especiales (como la Fisioterapia invasiva o en suelo pélvico, según los reglamentos específicos).

Tomando en consideración que lo que se busca es evitar el riesgo a la salud pública, para considerar que se ha cometido el delito, no es necesario que se haya causado un daño a un paciente en concreto, ni que las acciones que lo constituyen sean continuas o habituales.

La Fiscalía del CTCR confía en que esta nueva política de la FGR permitirá una tramitación más expedita de los casos, lo cual beneficiará la salud de la población y dará mejores condiciones para el adecuado ejercicio profesional de nuestros agremiados.

M.Sc. Michael Matamoros Serrano

Fiscal

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